1.Litisconsorcio facultativo
2.Litisconsorcio necesario
3.Intervención excluyente
4.Intervención adhesiva
5.Llamada al garante y al Poseedor mediato
Respuestas del pareo:
2 Parte Desarrollo
1.Explique en que consiste el Arraigo:
2. Caso: Don Juan se encuentra fuera del país en Alemania, su viaje está programado para regresar el 20 de setiembre del año 2019, su esposa María recibe la notificación el día 11 de julio en la cual Pedro demanda a Juan por un asunto de incumplimiento contractual, para la fecha que se debe contestar la demanda, Juan todavía no regresa al país, por lo que María recurre al professional en derecho de su confianza para asesorarse y decide contestar la demanda para que no haya prejuicio. Conteste lo siguiente
A. ¿Es procedente lo que realiza María, si lo fuera, que figura lo regula?
B.¿Que pasaría si Juan ratifica la contestación hecha por María dos meses después de presentada?
3. Caso: Alicia presenta una demanda Ordinaria ante el Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil de Alajuela, cuando el tribunal revisa la demanda denota que faltan los requisitos de las calidades de la parte demandada, dirección de notificación, no estima la demanda y además no se indica en que va a versar el interrogatorio del testigo ofrecido. El despacho realiza una prevención para que en cinco días cumpla con lo solicitado, y la actora Alicia contesta en el sexto día.
¿Es procedente darle curso al proceso presentado, si o no? Fundamente su respuesta.
4.¿Cuando es improcedente la nulidad?
Respuestas de la Parte 2 Desarrollo
1. Arraigo: Ocurre cuando hay un proceso en donde el sujeto activo tiene miedo o tiene sospecha de que la otra parte se va ir del país para evitar el proceso, por el cual se le pide al Tribunal que arregle el problema. No obstante, se le exige al sujeto pasivo que otorgue su representante, de tal manera si el sujeto pasivo se va del país el proceso continua y al mismo tiempo garantizando el derecho de defensa. Siempre va ser por un temor fundado de que yo voy a presentar una demanda contra alguien y esa persona se va ir del país o no va estar y no va dejar un representante ¿Que se va hacer? se le va solicitar que se le nombre un representante. Si tal persona, quien se va ir no hace caso y no nombra un representante lo que va suceder es que el proceo va a continuar y se tendrá que atenerse a las consecuencias. Ver artículo 19.3 del Nuevo Código Procesal Civil.
2. Caso:
A. Sí porque en el artículo 20.5 del Nuevo Código Procesal Civil que menciona el Gestor Procesal hay 2 incisos que menciona quienes necesitan gestor procesal, se aplica a Don Juan porque está ausente y si puede su conyuge representarlo por medio de ser su gestor procesal. Ella tendrá que rendirle cuentas a Don Juan y avisarle de lo que se dicte en sentencia de la demanda interpuesta en contra Juan.
B. Si el lo hace, se archiva el proceso, es 1 mes para ratificar y se le condena a María costas de daños y perjuicios.
3. Le están haciendo una prevención del 35.1 y no se está cumpliendo uno o unos de sus 10 incisos que debemos presentar. No es procedente darle curso, se rechaza y se archiva porque Alicia no presento la demanda a tiempo, dentro del plazo perentorio(Art 30.2). No se le puede hacer otra prevención porque no cumplió los incisos DENTRO del plazo perentorio.
4. Art 32.2 del Nuevo Código Procesal Civil Cuando cabe en estos supuestos:
1-Sea posible la subsanación del acto defectuoso.
2-Si el acto, aunque irregular, ha logrado el fin para el que estaba destinado.
3-Si quien la pide es la parte que concurrió a causarla o no ha sufrido perjuicios por la violación.
4-Se trate de solicitudes de nulidad reiterativa de otras denegadas.
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